2/2/08

EL NUEVO SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN DE TERNEROS

EL NUEVO SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN DE TERNEROS

Ing. Agr. Santiago A. Garrido*. 2007.
*Diploma in Farm Management,
Lincoln University, Nueva Zelanda.

www.produccion-animal.com.ar

INTRODUCCIÓN
En marzo comienza a regir el Sistema Obligatorio de Identificación de terneros impuesto por la Resolución 103/2006 de la SAGPyA (Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca). Como es sabido, dicha Resolución preveía su aplicación obligatoria a partir de enero de este año, pero su entrada en vigor fue prorrogada.
En pocas palabras, podemos decir que se trata de un sistema unificado de identificación de terneros, cuyo propósito –además de sentar las bases para cualquier programa de trazabilidad que se desee implementar en el futuro- es unificar criterios de identificación entre las distintas provincias del país, para de ese modo –y en un plazo que se estima no mayor de cinco años- tener identificado al rodeo nacional, con las consecuencias y beneficios que producirá contar con dicha información.
Así, la aplicación unificada permitirá rastrear cualquier problema sanitario, ofrecerá a las autoridades datos sobre las existencias y ubicaciones –lo cual, objetivos fiscales aparte, constituye un primer paso para el diseño de un mapa ganadero nacional- y acerca eficiencia en los controles, en las proyecciones de stocks y en la anticipación de los cambios que se producen en la composición del rodeo nacional. Debemos agregar que la identificación obligatoria del ganado es una buena medida para combatir el abigeato.
Y anticipamos que este sistema sienta las bases para cualquier programa de trazabilidad que se decida implementar en el futuro. Esta aclaración no es sobreabundante, pues resulta necesario recordar que identificación no es trazabilidad, sino solo un paso, un elemento –necesario e indispensable- de la trazabilidad, cuyo concepto es mayor. Efectivamente, en muchas oportunidades y ámbitos de la producción parece agotarse el tema de la trazabilidad en la discusión acerca del sistema de identificación del ganado. Actualmente, el Senasa brinda adecuada información al respecto y se ocupa de aclarar este punto.
CUIG
Como ente encargado de la coordinación de los aspectos técnicos y operativos que presenta la aplicación de esta Resolución, el SENASA creo el CUIG: CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN GANADERA, cuyo numero es indispensable para conformar la identificación de cada animal.
Este CUIG identifica a los productores, es emitido por el SENASA y consta en una credencial que entrega este organismo. Se trata de un número abreviado del RENSPA (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, en el cual, por medio de un código, se asocia al productor con el campo). Dado que su finalidad es vincular al productor con el establecimiento y a ambos con el animal que se identificará, se otorga un CUIG por cada RENSPA. De este modo, si un mismo productor tiene animales en mas de un establecimiento, tendrá varios CUIG.
Para obtenerlo, el productor debe presentarse ante la oficina del SENASA que le corresponda y –previa actualización de sus datos en el Renspa- informar: sus datos personales –incluida la condición de tenencia de la tierra (si es propietario, arrendatario, etc.), ubicación y superficie del establecimiento, Nro. de potreros, cantidad de mangas con o sin cepos, período de servicio, stock de animales y actividad que realiza (cría, invernada, tambo, etc.)

SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN
La resolución que venimos analizando y que pretendemos sintetizar para el productor, eligió como sistema de identificación el de par de caravanas: caravana tarjeta en la oreja izquierda, y botón - botón en la derecha.
Con el objetivo de lograr calidad en las mismas y asegurar su permanencia en el animal, se previo que su fabricación este certificada por el INTI. Actualmente, en el mercado existen caravanas cuya resistencia UV y demás calidades de fabricación permiten prever una durabilidad de ocho años.
En el sistema vigente se diferencian cuatro colores de caravanas:
Amarilla: para animales de la zona de vacunación contra la fiebre aftosa;
Verdes: para los animales sin vacunación (los de la zona ubicada al sur del paralelo 42, esto es, Patagonia Sur y Patagonia Norte B).
Celestes: Para animales reidentificados por perdida o destrucción de la caravana original.
Rojas: Para animales importados.
Calculamos el costo de cada par de caravanas en una suma que oscila entre los $ 2,50 y los $ 3.
La caravana tarjeta debe contener los siguientes datos:
Al frente: Identificación del país de origen mediante la sigla AR; Numero de CUIG; Numero de manejo y dígito verificador (número utilizado para controlar que los datos de asociación del Renspa y CUIG han sido compuestos correctamente.)
Al dorso: Marca de la caravana y fecha de producción; numero de Renspa; numero de impresor; fecha de impresión.
El botón debe cumplir las siguientes especificaciones:
Hembra: Numero de Cuig, Numero de manejo, dígito verificador.
Macho: Marca de la caravana

COLOCACIÓN DE LA CARAVANA
La identificación debe hacerse al destete o antes del primer traslado del animal.
Al adquirir las caravanas, es aconsejable asesorarse sobre la pinza de aplicación que el fabricante recomienda. Su buen manejo y correcto funcionamiento son fundamentales para lograr eficiencia y sanidad en la colocación del identificador (verificar firmeza de la aguja, su solidez, etc).
La caravana, una vez ubicado el animal en el cepo con su cabeza firmemente sujetada, se coloca en el centro de la oreja del animal, entre las dos nervaduras, pues se trata de una zona menos irrigada. Desde ya, finalizada la aplicación, debe suministrarse curabicheras y controlar que el orificio no este agrandado ni se haya rasgado la oreja del animal.
La correcta aplicación de la caravana y/o el botón –además de evitar perdidas de recursos y tiempo, así como contribuir al bienestar del animal-, asegura la permanencia del dispositivo en el mismo, permite su identificación en el trabajo propio del campo y evita que –ante la perdida o deterioro- deba procederse a la reidentificación, con todo el tramite que ello implica.

PLANILLAS
Al momento de obtener las caravanas, se obtiene también la "Planilla de Identificación de Bovinos", con capacidad para veinticinco unidades y la siguiente información:.
♦ Número individual, único e irrepetible de la planilla.
♦ Los datos del Titular, del Establecimiento y el CUIG.
♦ Una columna con los códigos individuales de las caravanas contenidas en el envase.
♦ Una columna para la fecha de aplicación.
♦ Una columna para asentar el sexo del animal identificado.
♦ Una columna para registrar la raza del animal identificado, según los siguientes CÓDIGOS DE TIPOS BOVINOS:
BR - BRITÁNICOS
BX - CRUZA BRITÁNICOS
CB - CEBUINOS
CX - CRUZA CEBUINOS
CO - CONTINENTAL
LE - LECHEROS
BU – BUBALINOS
♦ Una columna donde se asentarán las observaciones tales como: extravíos, roturas, etc.
♦ Al pie de las columnas habrá DOS (2) campos para asentar la suma de machos y hembras identificados.
♦ A continuación estará el cuadrante donde el productor firmará, en carácter de Declaración Jurada, la veracidad de la información contenida en la planilla. A su lado firmará la recepción el Funcionario del SENASA.
La planilla se entregará al Productor por duplicado, debiendo quedar el original en poder del SENASA y el duplicado en poder del productor para su archivo en la carpeta del Establecimiento.

REIDENTIFICACIÓN
Frente a la perdida o ilegibilidad de uno o ambos elementos de identificación, el productor debe proceder a la reidentificación del animal, mediante el retiro del dispositivo originario y la colocación de una nueva caravana, de color celeste.
El responsable de proceder a la reidentificación es el productor que detecta la perdida o deterioro de la caravana y/o el botón, con independencia de quien haya sido el primer identificador.
Una vez retirado el dispositivo original, debe ser presentado en la Oficina Local del Senasa, juntamente con la Planilla de reidentificación (se entregan al obtener las caravanas color celeste).
Para asegurar la veracidad de la información brindada por el productor reidentificador, el veterinario debe cotejar los datos de la Planilla de reidentificación con los existentes en el dispositivo original que el productor ha retirado del animal. Hecho esto, se destruye el identificador suplantado y la Planilla –debidamente firmada- tiene el carácter de declaración jurada.

PAPEL DEL INVERNADOR
El invernador no debe proceder a reidentificar los terneros una vez que estos están en su establecimiento. La vinculación de los animales con su campo se hará a través del Documento de Transito Animal (Res. Senasa 848/98). De tal modo, ante un evento sanitario, los datos aportados por las caravanas se complementaran con la documentación de transito para rastrear el problema.
Aclaramos que el invernador debe reidentificar en caso de perdida o deterioro de la caravana original, como ya explicamos.

EXPORTACIÓN
En cuanto al sistema de identificación de animales destinados a exportación, la única variante introducida es el diseño de las caravanas. En efecto, desde el 1/1/de este año, no se fabrican ni comercializan mas las que se usaban, pues –una vez que el productor agota el stock- debe utilizar las nuevas. De tal modo, continúan vigentes las Resoluciones 15/2003 y 391/2003 y, con ello, la documentación utilizada hasta la fecha.

CONCLUSIONES
El sistema implementado ha sido objeto de algunas criticas. Se dice que es trazabilidad incompleta, que solo agrega papeleo, costos y trabajo. En nuestra opinión, se trata de una iniciativa saludable, cuyos beneficios –en caso de ser cumplida cabalmente- se verán en el mediano plazo.
En efecto, ya hemos dicho que esto no es trazabilidad, pero es un paso hacia ella. Dijimos también que agrega orden y previsibilidad y añadimos ahora que no hay que temer objetivos fiscales... es hora de que empecemos a conocer nuestro stock, su composición y movimientos...
Y este sistema de identificación, si bien no es trazabilidad, permitirá acotar en el espacio y en los sujetos responsables cualquier evento sanitario que se presente, con las consecuencias beneficiosas que ello apareja para todos los productores. Así, presentado un caso de Aftosa en la provincia de Corrientes –para referirnos a una experiencia reciente-, el evento podrá circunscribirse a esa zona, sin afectar toda una región, y podrán implementarse y aplicarse las medidas que correspondan en cuanto a establecimientos y responsables.
Recomendamos visitar el sitio www.senasa.gov.ar, con clara información sobre el sistema. Destacamos también la labor que esta desarrollando el organismo en el asesoramiento de productores, con ampliación de horarios, publicación de buenos folletos y excelente disposición para atender cualquier consulta.

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